Reclamaciones sobre la evaluación


¿Qué es una reclamación a la evaluación?

Se entiende por reclamación a la evaluación la manifestación formal y debidamente documentada, presentada por uno o varios estudiantes, mediante la cual se expresa disconformidad y se solicita la reparación de un perjuicio relacionado con los resultados de obtenidos o los criterios aplicados en una actividad de evaluación concreta, o con el diseño del sistema de evaluación de una asignatura o su implementación, por considerarlos contrarios a la normativa académica, a la guía docente o a los principios de transparencia, objetividad, equidad, justicia, igualdad de oportunidades, mérito, capacidad, inclusión y responsabilidad ética.

Una reclamación tiene relación directa con un perjuicio personal del interesado, y en ella el solicitante o solicitantes esperan una acción concreta de reparación del perjuicio que se les ha causado y, en su caso, la adopción de las medidas correctoras o disciplinarias oportunas.

Término ¿Qué es? Ejemplos Efectos
Reclamación

Solicitud formal y documentada para que:

  • se revise una actuación concreta que afecta a derechos o intereses de la persona reclamante, y
  • se corrijan y reparen los perjuicios causados.
  • Solicito revisión de mi calificación en una asignatura
  • Se aplicó mal la guía docente
  • Desacuerdo con la aplicación de los criterios de evaluación
  • Denegación de reconocimiento de créditos
  • Incumplimiento de una adaptación reconocida
  • Los criterios de evaluación se aplican de forma discriminatoria

Se busca la reparación de un perjuicio.

Genera una resolución formal motivada.

Puede dar lugar a recursos posteriores.

Procedimiento sometido a plazos.

¿Quién puede presentar una reclamación a la evaluación?

Puede hacer uso de este procedimiento:

  • Estudiantes, a título personal o de forma colectiva, matriculados en cualquier asignatura de un título oficial de grado o máster de la UPCT.
  • Delegaciones de estudiantes.
  • Cualquier órgano (unipersonal o colegiado) de representación de los estudiantes que esté reconocido en los Estatutos de la UPCT.

¿Qué NO SE INCLUYE en este procedimiento?

A través de este procedimiento no se gestionan incidencias relacionadas con las titulaciones de la UPCT como diseño del título recogido en la memoria y en las guías docentes (estructura del plan de estudios, temporalización, diseño del sistema de evaluación, etc.), ni ejecución de la docencia (coordinación horizontal y vertical, horarios, desarrollo de las actividades docentes, calendarios de coordinación y evaluación, etc.). Para estas cuestiones aplica el trámite Quejas y sugerencias sobre los títulos de la UPCT, para el que el SAIC UPCT incluye el procedimiento específico P-CENTROS-06: Procedimiento para tratar las quejas y sugerencias relativas a los títulos del Centro.

A través de este procedimiento no se gestionan incidencias, insatisfacciones o propuestas de mejora relacionadas con otros aspectos de la actividad universitaria, sus instalaciones y su gestión como investigación, infraestructuras, seguridad, servicios administrativos, limpieza, cafetería, reprografía, etc.). Para estos casos debe usarse el trámite Quejas y sugerencias sobre la UPCT.

¿Cómo se tramita una reclamación a la evaluación?

Las reclamaciones al sistema y a las actividades de evaluación son un derecho del estudiante recogido en el Reglamento de evaluación para los títulos oficiales de grado y máster de la UPCT y se gestionan atendiendo a un procedimiento específico incluido en el SAIC UPCT, en concreto el P-CENTROS-13: Procedimiento para tratar las reclamaciones a la evaluación en las asignaturas del Centro.

Las reclamaciones al sistema y a las actividades de evaluación se tramitan exclusivamente a través del portal UPCTescucha y su presentación da lugar a un procedimiento sujeto a plazos y resolución motivada por parte del órgano competente

¿Qué implica la presentación de una reclamación a la evaluación?

La presentación de una reclamación al sistema o a una actividad de evaluación no interrumpirá los plazos administrativos establecidos en la normativa vigente, salvo los relativos a la matrícula y al depósito del TFG en los términos que fije el Reglamento de evaluación para los títulos de grado y máster de la UPCT o norma que lo sustituya.

Asimismo, no supondrá, en modo alguno, la renuncia al ejercicio de otros derechos y acciones que puedan ejercer los interesados en base a la legislación vigente.

El inicio de cualquier procedimiento de reclamación no supondrá para las personas interesadas ningún perjuicio que pudiera derivarse del incumplimiento de los plazos de matrícula, convocatoria de pruebas de evaluación o cualquier otro que sea consecuencia de dicho procedimiento.